Mujeres Juzgadoras Electas: Una red necesaria, pero aún insuficiente | Boletín+Editorial
El boletín: El Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) instaló la Red de Mujeres Juzgadoras Electas, un espacio que busca fortalecer la participación política de las mujeres y promover el análisis sobre la violencia política en razón de género.
El encuentro, realizado en la Facultad de Derecho de la UABC, campus Tijuana, reunió a representantes del ámbito electoral, académico y judicial. Su mensaje central fue claro: la igualdad sustantiva no puede seguir siendo un discurso, sino una práctica constante en todas las instituciones públicas.
Durante la inauguración, el consejero presidente del IEEBC, Luis Alberto Hernández Morales, subrayó la necesidad de consolidar espacios de colaboración que impulsen la justicia con perspectiva de género, mientras que Vera Juárez Figueroa, vicepresidenta de la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales (AMCEE), planteó que la red es una herramienta de acompañamiento y comunicación entre juzgadoras, diseñada para brindar apoyo ante la violencia política y reforzar la presencia femenina en los procesos electorales.
La instalación formal estuvo a cargo de Alma Lorena Alonso Valdivia, presidenta de la AMCEE, quien insistió en que las redes no deben ser actos simbólicos, sino mecanismos efectivos para visibilizar y atender la violencia que muchas mujeres enfrentan al ejercer funciones públicas o competir por cargos de elección.
El conversatorio posterior —moderado por Guadalupe Flores Meza, consejera electoral y coordinadora estatal de la red— abordó sentencias relevantes en materia de violencia política, así como los retos en la defensa de los derechos políticos de las mujeres. También se incluyeron conferencias sobre temas actuales como la violencia digital y la situación de las mujeres indígenas en contextos políticos.
Un paso correcto, pero no suficiente
La creación de esta red es un paso positivo dentro del esfuerzo institucional por atender la violencia política de género, pero también revela un desafío mayor: convertir los espacios de diálogo en acciones concretas que transformen las prácticas dentro de los partidos, tribunales y organismos electorales.
Porque la igualdad no se logra con declaraciones, sino con decisiones.
Las mujeres ya no piden permiso para participar; exigen condiciones reales para ejercer el poder sin miedo, sin violencia y sin simulación.
El IEEBC abre un foro necesario, pero el siguiente paso es garantizar que las redes creadas no se queden en el papel, sino que se conviertan en redes de protección, justicia y coherencia institucional.
Editorial: Cuando la VPG se usa como escudo — y ya no como derecho
La figura de violencia política de género nació para corregir desigualdades históricas y proteger la participación de las mujeres en la vida pública. Su sentido es claro: sancionar actos basados en estereotipos o prejuicios de género que obstaculizan o anulan derechos político-electorales. Así lo recogen los criterios y guías del propio Tribunal Electoral y del INE, que insisten en distinguir entre crítica política protegida y agresiones que, por su base de género y su efecto, sí constituyen VPG.
Sin embargo, en el terreno está emergiendo otro fenómeno: el uso expansivo y punitivo de la VPG para censurar críticas, reportajes o expresiones incómodas. En 2025, distintas notas y reportes documentaron crecimientos de sanciones y procesos contra periodistas y usuarios de redes sociales bajo acusaciones de VPG —un patrón que organizaciones como Artículo 19 describen como “acoso judicial” y nueva forma de censura, con un expediente cada cuatro días entre enero y julio de 2025.
Este uso instrumental plantea tres riesgos:
Desdibujar el estándar jurídico.
Cuando toda crítica áspera a una funcionaria se tramita como VPG, se confunde la protección contra el odio de género con la limitación de la libertad de expresión —que el TEPJF ha reconocido como piedra angular del debate democrático y compatible con un umbral alto de tolerancia para quienes ocupan cargos.
Tribunal Electoral
Efecto inhibidor sobre la prensa.
Sanciones y procesos acelerados contra tuiteras, periodistas y medios —documentados en diversos casos recientes— elevan costos y enfrían la investigación y el escrutinio público, incluso cuando no hay elementos de género ni afectación real a derechos políticos.
El País
Banalisar la protección real.
El over-enforcement erosiona la credibilidad de la VPG y desprotege a quienes sí la necesitan. De hecho, la línea jurisprudencial del Tribunal reitera que debe acreditarse: (i) basamento de género, (ii) contexto político-electoral, y (iii) afectación o intento de anular derechos político-electorales. Sin esos elementos, la respuesta correcta es desechar o reconducir por otras vías (civiles, penales o administrativas).
La protección contra la violencia política de género es irrenunciable. Pero su eficacia depende de no convertirla en arma para blindar a la autoridad de la crítica. Si todo es VPG, nada lo es. El reto es mantener la barrera nítida entre el discurso que perpetúa la desigualdad y el debate democrático que la sociedad necesita para exigir cuentas.
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Temas: IEEBC, Instituto Estatal Electoral de Baja California, Red de Mujeres Juzgadoras Electas
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