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¿Pagarán doble si trabajo durante el puente? Lunes 15 de marzo es inhábil

Publicado: marzo 3, 2021
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Como cada año, se marcan en el calendario los días festivos e inhábiles que permiten a los trabajadores y estudiantes tomar un descanso durante esas fechas. De acuerdo con dicho calendario, en este mes de marzo, tendrá lugar el primer puente largo del año.

Según la Ley Federal del Trabajo, el próximo lunes 15 de marzo será día inhábil con motivo del natalicio de Benito Juárez. Aunque el Benemérito de las Américas nació un 21 de marzo, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo indicó que la fecha festiva se debe recorrer al tercer lunes de marzo.

Debido a que este día feriado será en día lunes, esto lo marca como puente o fin de semana largo, debido a que inicia el sábado 13 de marzo y concluye hasta el martes 16 de marzo.

UN DATO
Benito Juárez fue un político, presidente de México, quien impulsó las Leyes de Reforma, donde se establecen la libertad de culto, la creación del registro civil, y la secularización de la beneficencia pública. Nació el 21 de marzo de 1806.

OTRO DATO: Las vacaciones de Semana Santa iniciarán el 29 de marzo
En este mes de marzo también tendrán lugar las vacaciones de Semana Santa, que iniciarán el 29 de marzo y terminan el viernes 9 de abril, así lo informa la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Además de las vacaciones de Semana Santa que inician en marzo, el calendario de la SEP marca que el lunes 12 de abril habrá consejo técnico, por lo que los estudiantes no asistirán a clases hasta el martes 13 de abril.

En cuanto a las vacaciones de Semana Santa, la Ley Federal del Trabajo no indica que en esas fechas existan días de descanso obligatorio.

¿Pagarán doble si trabajo durante el puente?
Los días que deben ser de feriados durante todo el año, de acuerdo con esta ley son:

El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
El 15 de marzo en conmemoración del natalicio de Benito Juárez.
El primero de mayo por el Día del Trabajo.
El 16 de septiembre para conmemorar el Día de la Independencia.
El tercer lunes de noviembre por el 20 de noviembre, el día de la Revolución Mexicana.
El 25 de diciembre.

Estos días son considerados de descanso obligatorio para los trabajadores. En caso de que los empleados deban trabajar, la Ley Federal del Trabajo indica que se debe pagar un salario doble más su salario por el servicio prestado, debido a que se está laborando en un día de descanso. Esto aplica para el puente del 15 de marzo.

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