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SCJN ampara a Greenpeace y declara inconstitucional la extinción del Fondo del Cambio Climático

Publicado: mayo 8, 2025
SCJN ampara a Greenpeace y declara inconstitucional la extinción del Fondo del Cambio Climático Compartido por:

Ministros suprema corte - Proceso

Los ministros avalaron el proyecto presentado por Margarita Ríos Farjat a favor de la organización de la sociedad civil, que se amparó contra la decisión de la administración del expresidente Andrés Manuel López Obrador de extinguir el “Fondo del Cambio Climático” en el año 2020.

CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a Greenpeace para que cuando solicite al gobierno que emprenda acciones para combatir el cambio climático, este no pueda argumentar la falta de recursos para no hacerlo.

La semana pasada, los ministros avalaron el proyecto presentado por Margarita Ríos Farjat a favor de la organización de la sociedad civil, que se amparó contra la decisión de la administración del expresidente Andrés Manuel López Obrador de extinguir el “Fondo del Cambio Climático” en el año 2020.

Dicho fideicomiso había sido creado como parte de los esfuerzos nacionales e internacionales para afrontar los efectos negativos del cambio climático, y cumplir así con diversos compromisos suscritos por México y la comunidad internacional en la materia.

En el amparo, un juez de Distrito dio carpetazo al juicio, sin pronunciarse sobre la decisión del gobierno del exmandatario federal, al considerar que esta no afectaba específicamente a Greenpeace.

Al impugnar la sentencia, un tribunal Colegiado la revocó y reconoció que Greenpeace sí tiene un interés legítimo en el amparo por su labor científica en defensa del medio ambiente y decidió enviar el caso a la Corte, porque la organización argumentó que la extinción del fideicomiso fue inconstitucional.

En su sentencia, la Sala señaló que, efectivamente, la decisión fue una medida regresiva que afecta el derecho a un medio ambiente sano, que supeditó el financiamiento de acciones para mitigar los efectos del cambio climático a la disponibilidad del presupuesto público.

Es decir, dejó de existir un monto específicamente destinado a este tipo de acciones y la utilización de los recursos, para ello dejaron de seguir reglas de eficiencia, transparencia y honradez, aunado a que el Congreso de la Unión no justificó adecuadamente la desaparición del Fondo.

Por ello, revocó la sentencia impugnada y concedió el amparo para que el gobierno no argumente a Greenpeace la falta de un Fondo para mitigar los efectos del cambio climático.

Sin embargo, ello no impide al gobierno federal utilizar cualquier otra justificación para no tomar acciones contra el cambio climático.

Fuente: Proceso.com

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