¿Cuáles son los tipos de testamento en México y cuánto cuesta tramitarlo por estado en septiembre?
Tramitar el testamento en México durante el mes de septiembre representa un descuento según la entidad. Estos son los tipos de testamentos que existen y su precio por estado en 2023.
Una de las problemáticas principales entre familias es la repartición de bienes cuando no existe un testamento de por medio. El problema empeora aún más cuando las propiedades quedan intestadas. Ante ello, aunque resulte ser un tema difícil de contemplar en vida, es importante planificar tu herencia.
Con un testamento, tus bienes pasarán a las personas en la proporción que dispongas. De esta forma, al fallecer el testador, podrá estar seguro de que sus familiares y patrimonio quedarán protegidos bajo lo establecido en el documento.
El testamento ofrece seguridad jurídica, tanto a los propietarios como a los herederos del bien. Existen distintos tipos de testamento diseñados según las necesidades y circunstancias en las que se realice.
¿Qué es un testamento y en qué consiste?
Un testamento es un acto personal, revocable y libre, por el cual una persona capaz y en facultades mentales dispone de sus bienes y derechos, donde declara o cumple deberes para después de su muerte.
El testamento funciona como un instrumento legal otorgado ante un notario, en el cual se manifiesta la voluntad sobre el destino que tendrán sus bienes y derechos para después de la muerte; es la herramienta ideal para garantizar la seguridad jurídica de los seres queridos.
¿Cuántos y cuáles son los tipos de testamento en México?
Existen ocho tipos de testamentos, mismos que se dividen en especiales y ordinarios. A continuación te explicamos cuáles son y en qué consiste cada uno.
Testamentos ordinarios
Los testamentos ordinarios son otorgados en tiempos normales y en vida, se clasifican en:
Testamento Público Abierto
Es el que se otorga ante un Notario Público, quien hará la lectura y dará fe de que se cumpla lo estipulado en el testamento. Si el testador sabe leer y escribir no hay necesidad de testigos, de lo contrario acudirá con dos testigos y si no sabe el idioma tendrá que estar presente un traductor.
Testamento Público Cerrado
Puede ser escrito por el testador o por otra persona a su petición en papel común. Para darle formalidad deberá acudir con un notario, presentar las hojas rubricadas y firmadas por el testador, así como declarar que en el documento se encuentra contenida su última voluntad. La persona que haya firmado o rubricado por el testador deberá acudir con él a la presentación del pliego cerrado.
Testamento Público Simplificado
Es el que se otorga ante un notario en el momento de la escrituración, respecto del inmueble destinado o que vaya a ser destinado a vivienda en donde se consigne la adquisición o la regularización, es decir, el testamento queda plasmado en las mismas escrituras.
Testamento ológrafo
Es aquel que es escrito de puño y letra por el testador, para su validez deberá presentarse cerrado y lacrado depositándose en el Archivo General de Notarías. En este caso, ninguna persona puede escribir el testamento en lugar del testador. Sólo podrá ser otorgado por personas mayores de edad y deberá estar firmado, señalando el año, mes, día, hora y lugar de su otorgamiento.
Testamentos especiales
Los testamentos especiales son aquellos otorgados por el testador en tiempos o lugares donde la situación en que se realizan es inusual o extraordinaria:
Testamento privado
Este testamento sólo podrá ser válido en casos graves o de enfermedad repentina, siempre y cuando la persona se encuentre imposibilitada para realizar el testamento ológrafo. Para elaborar su testamento deberá declarar su voluntad en la presencia de testigos, este surtirá efecto únicamente cuando el testador fallezca a causa de la enfermedad grave que lo aquejaba o por la situación de peligro en la que se encontraba.
Testamento Militar
Este testamento lo podrán efectuar los militares o asimilados, en el momento de entrar en acción de guerra o estando herido sobre el campo de batalla, declarando su voluntad ante dos testigos o entregando el testamento cerrado que contenga su última voluntad, firmada de puño y letra.
Testamento Marítimo
Este testamento lo podrán realizar aquellos que se encuentren en altamar, a bordo de navíos de la Marina Nacional, sea de guerra o mercante, lo escribirán en presencia de dos testigos y el capitán. Se podrá entregar a las autoridades de puerto y a la Secretaría de Relaciones Exteriores para su procedimiento en la entidad correspondiente.
Testamento hecho en país extranjero
Es el que se otorga por mexicanos fuera del territorio nacional y deberá otorgarse ante autoridades mexicanas, como secretarios de legación, cónsules o vicecónsules. El testamento deberá hacerse cumpliendo con los requisitos establecidos en las leyes del lugar donde se otorgó.
Fuente: El Financiero
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