{"id":111087,"date":"2021-10-29T17:07:42","date_gmt":"2021-10-30T00:07:42","guid":{"rendered":"https:\/\/www.feeling.com.mx\/site\/?p=111087"},"modified":"2021-10-29T17:07:42","modified_gmt":"2021-10-30T00:07:42","slug":"despenalizan-aborto-en-baja-california-ya-es-legal-hasta-las-12-semanas-de-gestacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.feeling.com.mx\/site\/111087\/despenalizan-aborto-en-baja-california-ya-es-legal-hasta-las-12-semanas-de-gestacion.html","title":{"rendered":"Despenalizan aborto en Baja California, ya es legal hasta las 12 semanas de gestaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Aquella mujer que interrumpa su embarazo de manera voluntaria ya no ser\u00e1 sujeta a responsabilidad penal, siempre y cuando esto se lleve a cabo antes de la doceava semana de gestaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Con 15 votos a favor, siete en contra y una abstenci\u00f3n, los diputados del Congreso de Baja California aprobaron reformar varios art\u00edculos del C\u00f3digo Penal, la Ley de V\u00edctimas y la Ley de Salud P\u00fablica, con lo que se retira la pena en el caso de mujeres que realicen un aborto voluntario en las primeras doce semanas de gestaci\u00f3n.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" src=\"http:\/\/www.feeling.com.mx\/img\/2021\/10\/aprueban-despenalizar-el-aborto-en-baja-california-300x200.jpg\" alt=\"\" title=\"Aprueban despenalizar el aborto en Baja California\" width=\"300\" height=\"200\" class=\"alignright size-medium wp-image-111088 img-responsive \" srcset=\"https:\/\/www.feeling.com.mx\/img\/2021\/10\/aprueban-despenalizar-el-aborto-en-baja-california-300x200.jpg 300w, https:\/\/www.feeling.com.mx\/img\/2021\/10\/aprueban-despenalizar-el-aborto-en-baja-california-473x315.jpg 473w, https:\/\/www.feeling.com.mx\/img\/2021\/10\/aprueban-despenalizar-el-aborto-en-baja-california.jpg 840w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/>Al aprobarse el dictamen 04, impulsado por varios legisladores de Morena, se reforman entre otros varios art\u00edculos del C\u00f3digo Penal de Baja California, de manera que ahora aquella mujer que interrumpa su embarazo de manera voluntaria ya no ser\u00e1 sujeta a responsabilidad penal, siempre y cuando esto se lleve a cabo antes de la doceava semana de gestaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para aquellas mujeres que voluntariamente se realicen un aborto despu\u00e9s de este periodo se mantiene una pena de tres meses a un a\u00f1o de prisi\u00f3n, o entre 50 a 200 d\u00edas de trabajo comunitario, mientras que quien practique el procedimiento tendr\u00e1 de uno a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Las causas excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto, que aparecen en el reformado art\u00edculo 136 del C\u00f3digo Penal, son las siguientes:<\/p>\n<p>I. La libre voluntad de la mujer embarazada, siempre que esto ocurra en las primeras doce semanas de gestaci\u00f3n.<br \/>\nII. Cuando el embarazo sea resultado de una violaci\u00f3n o de una inseminaci\u00f3n artificial realizada en contra de la voluntad de la mujer;<\/p>\n<p>III. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de afectaci\u00f3n grave a su salud a juicio del m\u00e9dico que la asista, oyendo \u00e9ste el dictamen de otro m\u00e9dico, siempre que esto fuere posible y no coloque en riesgo a la mujer la demora;<\/p>\n<p>IV. Cuando a juicio de dos m\u00e9dicos especialistas exista raz\u00f3n suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones gen\u00e9ticas o cong\u00e9nitas que puedan dar como resultado da\u00f1os f\u00edsicos o mentales, al l\u00edmite que puedan poner en riesgo la sobrevivencia del mismo, siempre que se tenga el consentimiento de la mujer embarazada; o<\/p>\n<p>V. Que sea resultado de una conducta culposa o involuntaria de la mujer embarazada.<\/p>\n<p>En la reforma del art\u00edculo 33 de la Ley de V\u00edctimas ahora se se\u00f1ala que a toda v\u00edctima de violencia sexual se le deben otorgar los servicios de anticoncepci\u00f3n de emergencia y de interrupci\u00f3n legal del embarazo.<\/p>\n<p>Sin embargo, el dictamen 03 que buscaba modificar el art\u00edculo 7mo de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Baja California fue rechazado al no alcanzar la votaci\u00f3n requerida (17 votos) para su aprobaci\u00f3n, obteniendo 14 votos a favor, nueve en contra y 0 abstenciones.<\/p>\n<p>Con 15 votos a favor, siete en contra y una abstenci\u00f3n, los diputados del Congreso de Baja California aprobaron reformar varios art\u00edculos del C\u00f3digo Penal, la Ley de V\u00edctimas y la Ley de Salud P\u00fablica, con lo que se retira la pena en el caso de mujeres que realicen un aborto voluntario en las primeras doce semanas de gestaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Al aprobarse el dictamen 04, impulsado por varios legisladores de Morena, se reforman entre otros varios art\u00edculos del C\u00f3digo Penal de Baja California, de manera que ahora aquella mujer que interrumpa su embarazo de manera voluntaria ya no ser\u00e1 sujeta a responsabilidad penal, siempre y cuando esto se lleve a cabo antes de la doceava semana de gestaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para aquellas mujeres que voluntariamente se realicen un aborto despu\u00e9s de este periodo se mantiene una pena de tres meses a un a\u00f1o de prisi\u00f3n, o entre 50 a 200 d\u00edas de trabajo comunitario, mientras que quien practique el procedimiento tendr\u00e1 de uno a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Las causas excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto, que aparecen en el reformado art\u00edculo 136 del C\u00f3digo Penal, son las siguientes:<\/p>\n<p>I. La libre voluntad de la mujer embarazada, siempre que esto ocurra en las primeras doce semanas de gestaci\u00f3n.<br \/>\nII. Cuando el embarazo sea resultado de una violaci\u00f3n o de una inseminaci\u00f3n artificial realizada en contra de la voluntad de la mujer;<\/p>\n<p>III. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de afectaci\u00f3n grave a su salud a juicio del m\u00e9dico que la asista, oyendo \u00e9ste el dictamen de otro m\u00e9dico, siempre que esto fuere posible y no coloque en riesgo a la mujer la demora;<\/p>\n<p>M\u00e1s sobre este tema<br \/>\nAprueban en comisiones despenalizaci\u00f3n del aborto en BC<br \/>\nMEXICALI<br \/>\nAprueban en comisiones despenalizaci\u00f3n del aborto en BC<br \/>\nIV. Cuando a juicio de dos m\u00e9dicos especialistas exista raz\u00f3n suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones gen\u00e9ticas o cong\u00e9nitas que puedan dar como resultado da\u00f1os f\u00edsicos o mentales, al l\u00edmite que puedan poner en riesgo la sobrevivencia del mismo, siempre que se tenga el consentimiento de la mujer embarazada; o<\/p>\n<p>V. Que sea resultado de una conducta culposa o involuntaria de la mujer embarazada.<\/p>\n<p>En la reforma del art\u00edculo 33 de la Ley de V\u00edctimas ahora se se\u00f1ala que a toda v\u00edctima de violencia sexual se le deben otorgar los servicios de anticoncepci\u00f3n de emergencia y de interrupci\u00f3n legal del embarazo.<\/p>\n<p>Sin embargo, el dictamen 03 que buscaba modificar el art\u00edculo 7mo de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Baja California fue rechazado al no alcanzar la votaci\u00f3n requerida (17 votos) para su aprobaci\u00f3n, obteniendo 14 votos a favor, nueve en contra y 0 abstenciones.<\/p>\n<p>Con 15 votos a favor, siete en contra y una abstenci\u00f3n, los diputados del Congreso de Baja California aprobaron reformar varios art\u00edculos del C\u00f3digo Penal, la Ley de V\u00edctimas y la Ley de Salud P\u00fablica, con lo que se retira la pena en el caso de mujeres que realicen un aborto voluntario en las primeras doce semanas de gestaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Al aprobarse el dictamen 04, impulsado por varios legisladores de Morena, se reforman entre otros varios art\u00edculos del C\u00f3digo Penal de Baja California, de manera que ahora aquella mujer que interrumpa su embarazo de manera voluntaria ya no ser\u00e1 sujeta a responsabilidad penal, siempre y cuando esto se lleve a cabo antes de la doceava semana de gestaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para aquellas mujeres que voluntariamente se realicen un aborto despu\u00e9s de este periodo se mantiene una pena de tres meses a un a\u00f1o de prisi\u00f3n, o entre 50 a 200 d\u00edas de trabajo comunitario, mientras que quien practique el procedimiento tendr\u00e1 de uno a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Las causas excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto, que aparecen en el reformado art\u00edculo 136 del C\u00f3digo Penal, son las siguientes:<\/p>\n<p>I. La libre voluntad de la mujer embarazada, siempre que esto ocurra en las primeras doce semanas de gestaci\u00f3n.<br \/>\nII. Cuando el embarazo sea resultado de una violaci\u00f3n o de una inseminaci\u00f3n artificial realizada en contra de la voluntad de la mujer;<\/p>\n<p>III. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de afectaci\u00f3n grave a su salud a juicio del m\u00e9dico que la asista, oyendo \u00e9ste el dictamen de otro m\u00e9dico, siempre que esto fuere posible y no coloque en riesgo a la mujer la demora;<\/p>\n<p>M\u00e1s sobre este tema<br \/>\nAprueban en comisiones despenalizaci\u00f3n del aborto en BC<br \/>\nMEXICALI<br \/>\nAprueban en comisiones despenalizaci\u00f3n del aborto en BC<br \/>\nIV. Cuando a juicio de dos m\u00e9dicos especialistas exista raz\u00f3n suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones gen\u00e9ticas o cong\u00e9nitas que puedan dar como resultado da\u00f1os f\u00edsicos o mentales, al l\u00edmite que puedan poner en riesgo la sobrevivencia del mismo, siempre que se tenga el consentimiento de la mujer embarazada; o<\/p>\n<p>V. Que sea resultado de una conducta culposa o involuntaria de la mujer embarazada.<\/p>\n<p>En la reforma del art\u00edculo 33 de la Ley de V\u00edctimas ahora se se\u00f1ala que a toda v\u00edctima de violencia sexual se le deben otorgar los servicios de anticoncepci\u00f3n de emergencia y de interrupci\u00f3n legal del embarazo.<\/p>\n<p>Sin embargo, el dictamen 03 que buscaba modificar el art\u00edculo 7mo de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Baja California fue rechazado al no alcanzar la votaci\u00f3n requerida (17 votos) para su aprobaci\u00f3n, obteniendo 14 votos a favor, nueve en contra y 0 abstenciones.<\/p>\n<p>El referido art\u00edculo constitucional se\u00f1ala que \u201cel derecho a la vida, desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protecci\u00f3n de la Ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural o no inducida.\u201d<\/p>\n<p>La discusi\u00f3n entre los legisladores, que se prolong\u00f3 cerca de cuatro horas, se llev\u00f3 a cabo de forma virtual y varias horas antes de la convocatoria original, que estaba programada para las 19:00 horas del mismo viernes.<\/p>\n<p>Dicha situaci\u00f3n fue criticada por diputados como Marco Antonio Bl\u00e1squez, Monserrat Rodr\u00edguez y Alejandrina Corral, quienes argumentaron que los legisladores no tuvieron tiempo para revisar con atenci\u00f3n los dict\u00e1menes.<\/p>\n<p>La aprobaci\u00f3n de la reforma entrar\u00e1 en vigor hasta que el poder Ejecutivo del Estado la publique en el Peri\u00f3dico Oficial.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.elimparcial.com\/mexicali\/mexicali\/Despenalizan-aborto-en-BC-hasta-la-12va-semana-de-gestacion-20211029-0024.html\" title=\"Ver en la fuente\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Fuente: EL IMPARCIAL<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Aquella mujer que interrumpa su embarazo de manera voluntaria ya no ser\u00e1 sujeta a responsabilidad penal, siempre y cuando esto se lleve a cabo antes de la doceava semana de gestaci\u00f3n. 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