{"id":105390,"date":"2021-08-21T10:36:10","date_gmt":"2021-08-21T17:36:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.feeling.com.mx\/site\/?p=105390"},"modified":"2021-08-21T10:36:11","modified_gmt":"2021-08-21T17:36:11","slug":"proveedores-de-bitcoin-obligados-a-cumplir-la-ley-contra-el-lavado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.feeling.com.mx\/site\/105390\/proveedores-de-bitcoin-obligados-a-cumplir-la-ley-contra-el-lavado.html","title":{"rendered":"Proveedores de Bitcoin obligados a cumplir la ley contra el lavado"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/www.feeling.com.mx\/site\/105390\/proveedores-de-bitcoin-obligados-a-cumplir-la-ley-contra-el-lavado.html\/lockedbitcoinwithchainsonprintedcircuitboard-3dillustration\" rel=\"attachment wp-att-105397\"><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-105397 img-responsive \" title=\"bitcoin-seguridad-lavado\" src=\"http:\/\/www.feeling.com.mx\/img\/2021\/08\/bitcoin-seguridad-lavado.jpg\" alt=\"\" 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diligencia, lo cual implicar\u00e1 que \u00e9stas implementen los procedimientos y controles, de manera electr\u00f3nica para valorar, identificar y verificar la identidad de sus clientes y beneficiarios finales, monitorear sus operaciones, a efecto de gestionar adecuadamente el riesgo de LDA\/FT\/PADM (lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y proliferaci\u00f3n de armas de destrucci\u00f3n masiva)\u201d, dice el art\u00edculo 43 de la normativa.<\/p>\n<p><strong>En el mismo art\u00edculo se establece que debe existir una identificaci\u00f3n digital que se realizar\u00e1 por medios electr\u00f3nicos sustitutivos de la presencia f\u00edsica con uso de registro de datos personales,<\/strong> a trav\u00e9s de procesos de autenticaci\u00f3n, implicaci\u00f3n de registros biom\u00e9tricos, escaneos de Documento \u00danico de Identidad, geolocalizaci\u00f3n, reconocimiento de direcci\u00f3n IP (Protocolo de Internet), entre otras t\u00e9cnicas rigurosas o m\u00e9todos tecnol\u00f3gicos alternativos de igual rigurosidad, almacenables y no manipulables.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 43 del reglamento tambi\u00e9n establece que se deber\u00e1 almacenar la informaci\u00f3 con constancia de fecha y hora, conserv\u00e1ndose en sus sistemas inform\u00e1ticos, tal como lo dispone el art\u00edculo 12 de la Ley Contra Lavado de Dinero y de Activos.<\/p>\n<p><strong>Estas son solo algunas de las regulaciones que establece la normativa sobre Bitcoin emitida para consulta por el BCR en materia de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y proliferaci\u00f3n de armas de destrucci\u00f3n masiva.<\/strong><\/p>\n<p>Pero estas obligaciones ya se establecen en la Ley Contra el Lavado de Dinero y otros Activos , la cual indica que lo sujetos obligados deben mantener por un periodo no menor a 15 a\u00f1os los registros necesarios sobre transacciones realizadas, tanto nacionales como internacionales que permitan responder con prontitud a las solicitudes de informaci\u00f3n de los organismos de fiscalizaci\u00f3n y supervisi\u00f3n correspondientes.<\/p>\n<p>Economistas consultados por El Diario de Hoy coinciden en que la normativa pretende dar al Bitcoin el mismo trato que a un producto o servicio del sistema financiero que debe cumplir con la prevenci\u00f3n del lavado de dinero, pero plantean sus dudas de que eso vaya a funcionar.<\/p>\n<p><strong>Para el economista Rafael Lemus,<\/strong> se est\u00e1 forzando todo el esquema del Bitcoin que ya funciona en el mundo a que case con una figura propia de un servicio o producto financiero est\u00e1ndar de la banca tradicional.<\/p>\n<p>\u201cEs b\u00e1sicamente romper con toda la filosof\u00eda y la estructura del Bitcoin y llevarlo de manera forzada a la regulaci\u00f3n de un producto bancario, cuando en realidad es bien dif\u00edcil que se puedan dar operaciones internacionales hacia las billeteras locales bajo esa modalidad de un producto bancario normal con toda la rigurosidad de la ley de lavado de activos, es decir las pr\u00e1cticas prudenciales que son las t\u00edpicas de un servicio financiero tradicional\u201d, opin\u00f3 Lemus.<\/p>\n<p><strong>Afirm\u00f3 que el Bitcoin ha sido dise\u00f1ado y configurado para estar fuera de todo ese \u00e1mbito<\/strong>, con plena libertad y fuera del alcance de la supervisi\u00f3n bancaria. \u201cEs como tratar de meter al zool\u00f3gico los animales que est\u00e1n libres\u201d, ilustr\u00f3.<\/p>\n<p>Para el economista Romel Rodr\u00edguez, cuando dice que los bancos tendr\u00e1n que aplicar al Bitcoin todas las regulaciones para el lavado de activos y el control de los riesgos es igual que el tratamiento que se le da al dinero en efectivo.<\/p>\n<p><strong>\u201cOperativamente es bien dif\u00edcil porque por su naturaleza el Bitcoin puede moverse y transarse en operaciones que est\u00e1n fuera del sistema financiero;<\/strong> quieren normalizar el uso del Bitcoin cuando tecnol\u00f3gicamente se pueden hacer operaciones con Bitcoin sin necesidad de pasar por estas formalidades\u201d, advirti\u00f3 Rodr\u00edguez.<\/p>\n<p>Acot\u00f3 que el articulado pretende respaldar la seguridad de las operaciones con Bitcoin, pero es dif\u00edcil.<\/p>\n<p>\u201cNo veo c\u00f3mo se va a manejar el riesgo de lavado de activos y se va a poder hacer con las billeteras que se manejen ac\u00e1, pero con las billeteras que traigan extranjeros. Si quiero vender un activo o un veh\u00edculo y viene alguien de fuera que me lo quiere comprar \u00bfc\u00f3mo queda esa transacci\u00f3n?\u201d, ejemplific\u00f3 Rodr\u00edguez.<\/p>\n<p><strong>Agreg\u00f3 que las personas usan seud\u00f3nimos para abrir cuentas en Bitcoin y aunque las transacciones se pueden ver en la cadena de bloques, en realidad no se sabe qui\u00e9n est\u00e1 detr\u00e1s de cada operaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>El economista Luis Membre\u00f1o se\u00f1al\u00f3 que el cap\u00edtulo y los art\u00edculos relacionados con el lavado de dinero y la normativa del Gafi (Grupo de Acci\u00f3n Financiera Internacional) se le quieren aplicar al Bitcoin como que fuera cualquier otra moneda. \u201cEsto lo que hace es que elimina la posibilidad de operar con Bitcoin en El Salvador con este tipo de normativa. La esencia con el Bitcoin es que no se sabe qui\u00e9n es qui\u00e9n y lo que establece la normativa es que tiene que conocerse en detalle el origen de los fondos, el origen de la cuenta, donde est\u00e1 el dinero, a qui\u00e9n se le transfiere y cu\u00e1nto se le transfiere\u201d, consider\u00f3.<\/p>\n<p>Desde junio pasado la agencia calificadora de riesgo Fitch Ratings advirti\u00f3 que la Ley Bitcoin aumentar\u00e1 los riesgos regulatorios, financieros y operativos de las instituciones financieras, incluido el potencial de violar los est\u00e1ndares internacionales contra el lavado de dinero (AML, por sus siglas en ingl\u00e9s) y el financiamiento del terrorismo.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n el reconocido economista estadounidense Steve Hanke destac\u00f3 en un art\u00edculo publicado ayer en Capital Matters que el Gafi, el polic\u00eda internacional contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, har\u00e1 cuestionamientos por el funcionamiento del Bitcoin en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>\u201cDesde una perspectiva regulatoria del Gafi, El Salvador ha estado tan limpio como los dientes de un sabueso. Eso cambiar\u00e1 si la Ley Bitcoin se implementa el 7 de septiembre\u201d, afirm\u00f3.<\/p>\n<p><strong>Dijo adem\u00e1s que el Gafi estar\u00e1 m\u00e1s pendiente del pa\u00eds a ra\u00edz de la entrada en vigencia de la ley.<\/strong><\/p>\n<p>\u201cSi se pregunta si el Gafi y otros organismos reguladores pondr\u00e1n sus ojos en el lado oscuro de El Salvador el 7 de septiembre, la respuesta es un \u201cs\u00ed\u201d inequ\u00edvoco\u201d, apunt\u00f3 Hanke.<\/p>\n<p><strong>Fuente:\u00a0<\/strong><a href=\"https:\/\/www.elsalvador.com\/noticias\/negocios\/bitcoin-economia-lavadodedinero\/870973\/2021\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">@elsalvador.com<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El reglamento divulgado para consulta por el Banco Central de Reserva (BCR) para regular el uso del Bitcoin en el pa\u00eds obliga a las entidades proveedoras de servicios de la criptomoneda a cumplir con la Ley Contra el Lavado de Dinero y otros Activos, adem\u00e1s de llevar un registro de las transacciones de los portadores de la moneda. 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